baremo

 

CONCURSO DE MÉRITOS:

NOVEDAD 20/03/23: Publicado baremo provisional

ALEGACIONES: cinco días hábiles, contados a partir delsiguiente al de la publicación de esta Resolución para presentar, exclusivamente, de maneratelemática a través de la plataforma PADDOC, las alegaciones o documentos que se estimenoportunos


NOVEDAD 28/02/23: Listado de admitidos/excluidos

Situación en las CC. AA. de las listas provisionales de admitidos/as y excluidos/as del Concurso Extraordinario de Méritos y baremo provisional

Ver convocatoria en Aragón

Ver preguntas frecuentes 

Acuerdo definitivo Ministerio-CC. AA. para concurso de méritos centralizado de estabilización

Esquema Concurso Excepcional / Oposición Estabilización / Concurso-Oposición (reposición)

CRITERIOS DE DESEMPATE (CCOO se opuso al RD 270/2022 que regula el baremo de este proceso)

Los criterios de desempate serían los siguientes:

    • Puntuación en cada apartado en el orden que aparecen en el baremo.
    • Puntuación en cada subapartado de segundo nivel en el orden en el que aparecen.
    • Puntuación en cada subapartado de tercer nivel en el orden en que aparecen.
    • Número total de días de experiencia en el apartado 1.1 (sin máximo).
    • Número de orden de preferencia en el que se ha puesto la ciudad o comunidad autónoma en la solicitud.

REAL DECRETO 270/2022

El Ministerio de Educación ha publicado el Real Decreto 270/2022, de 12 de abril (ver), por el que se modifica el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes.

Se regulan dos procesos para la estabilización:

  • CONCURSO EXCEPCIONAL DE ESTABILIZACIÓN (sin prueba de oposición, una única convocatoria)
  • CONCURSO-OPOSICIÓN (con prueba de oposición): se diferencian dos modelos de concurso-oposición según el tipo de plazas:
    • TRANSITORIO: en 2023 y 2024 para PLAZAS ocupadas por personal temporal en los tres años anteriores al 31/12/2020, a las que se añaden las plazas de los procesos de estabilización de las leyes de Presupuestos Generales del Estado para 2017 y 2018.
    • GENERAL: para las PLAZAS de reposición (jubilaciones) y de nueva creación.

POSTURA DE CCOO

  • CCOO Enseñanza insiste en que si no se ofertan plazas no se acaba con el abuso de temporalidad.
  • El sindicato lamenta que no se hayan incluido sus propuestas de mejora en la mesa sectorial y sus enmiendas en el Consejo Escolar del Estado, que resultaron aprobadas en las votaciones en ese órgano (consúltalas aquí).
  • CCOO considera que las plazas de concurso de méritos tienen unas características tasadas en la ley y deben definirse, pero la clave es también que no pueden dejar de convocarse todas las plazas necesarias por concurso-oposición, de estabilización y aprovechando la tasa de reposición por encima del 100%, para llegar a la temporalidad máxima marcada. No sacar las plazas suficientes implicaría un incumplimiento claro del objetivo de los acuerdos y de la ley, y gran parte del personal interino y aspirante no podrá conseguir empleo fijo.
Documentación asociada
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