
CONCURSO DE MÉRITOS:
NOVEDAD 20/03/23: Publicado baremo provisional
ALEGACIONES: cinco días hábiles, contados a partir delsiguiente al de la publicación de esta Resolución para presentar, exclusivamente, de maneratelemática a través de la plataforma PADDOC, las alegaciones o documentos que se estimenoportunos
NOVEDAD 28/02/23: Listado de admitidos/excluidos
- VER GUÍA ÚTIL
- VER ARAGÓN – Distribución plazas
- CALCULADORA DE MÉRITOS CONCURSO EXTRAORDINARIO
- VER CONVOCATORIAS otras CC.AA.
- VER PLAZAS OFERTADAS A NIVEL ESTATAL
- CONTACTO CCOO OTRAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS (CCOO CONTIGO)
Acuerdo definitivo Ministerio-CC. AA. para concurso de méritos centralizado de estabilización
Esquema Concurso Excepcional / Oposición Estabilización / Concurso-Oposición (reposición)
CRITERIOS DE DESEMPATE (CCOO se opuso al RD 270/2022 que regula el baremo de este proceso)
Los criterios de desempate serían los siguientes:
-
- Puntuación en cada apartado en el orden que aparecen en el baremo.
- Puntuación en cada subapartado de segundo nivel en el orden en el que aparecen.
- Puntuación en cada subapartado de tercer nivel en el orden en que aparecen.
- Número total de días de experiencia en el apartado 1.1 (sin máximo).
- Número de orden de preferencia en el que se ha puesto la ciudad o comunidad autónoma en la solicitud.
REAL DECRETO 270/2022
El Ministerio de Educación ha publicado el Real Decreto 270/2022, de 12 de abril (ver), por el que se modifica el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes.
Se regulan dos procesos para la estabilización:
- CONCURSO EXCEPCIONAL DE ESTABILIZACIÓN (sin prueba de oposición, una única convocatoria)
- CONCURSO-OPOSICIÓN (con prueba de oposición): se diferencian dos modelos de concurso-oposición según el tipo de plazas:
- TRANSITORIO: en 2023 y 2024 para PLAZAS ocupadas por personal temporal en los tres años anteriores al 31/12/2020, a las que se añaden las plazas de los procesos de estabilización de las leyes de Presupuestos Generales del Estado para 2017 y 2018.
- GENERAL: para las PLAZAS de reposición (jubilaciones) y de nueva creación.
POSTURA DE CCOO
- CCOO Enseñanza insiste en que si no se ofertan plazas no se acaba con el abuso de temporalidad.
- El sindicato lamenta que no se hayan incluido sus propuestas de mejora en la mesa sectorial y sus enmiendas en el Consejo Escolar del Estado, que resultaron aprobadas en las votaciones en ese órgano (consúltalas aquí).
- CCOO considera que las plazas de concurso de méritos tienen unas características tasadas en la ley y deben definirse, pero la clave es también que no pueden dejar de convocarse todas las plazas necesarias por concurso-oposición, de estabilización y aprovechando la tasa de reposición por encima del 100%, para llegar a la temporalidad máxima marcada. No sacar las plazas suficientes implicaría un incumplimiento claro del objetivo de los acuerdos y de la ley, y gran parte del personal interino y aspirante no podrá conseguir empleo fijo.